martes, 20 de julio de 2010

Derecho a la información sujetos implicados en el proceso informativo, facultades

La Corte Interamericana de Derechos Humanos en la Opinión Consultiva 5/85 dice: “Se ponen así de manifiesto las dos dimensiones de la libertad de expresión. En efecto, esta requiere, por un lado, que nadie sea arbitrariamente menoscabado o impedido de manifestar su propio pensamiento y representa, por lo tanto, un derecho de cada individuo; pero implica también, pro otro lado, un derecho colectivo a recibir cualquier información y a conocer la expresión del pensamiento ajeno”

Facultades para quien recibe información:
Derecho a ser informado verazmente, entendiendo a la veracidad como valor intrínseco de la actitud de quien informa y debe hacerlo sin distorsiones dolosas.
Derecho a la recepción del mensaje en forma oportuna y sin interferencias.
Derecho a preservar y defender la honra y la intimidad.
Derecho a requerir la imposición de responsabilidades legales, en los términos planteados en el apartado anterior.
Derecho de rectificación o respuesta.
Derecho a recibir pluralidad de informaciones u opiniones.

Facultades para quien difunde información:
Derecho a no ser censurado en forma explícita o encubierta, vale decir, que no se someta el contenido a un proceso de revisión o restricción previa, sobre todo por parte de entidades estatales o paraestatales.
Derecho a investigar informaciones u opiniones por cualquier medio, esto incluye expresiones literarias, artísticas, religiosas, humorísticas e incluso las informaciones erróneas.
Derecho a contar con los instrumentos técnicos que le permitan hacerlo.
Derecho a la información y a la libertad de expresión efectivamente frente a un derecho meramente declamativo.
Derecho a la indemnidad del mensaje o a no ser interferido.
Derecho a acceder a las fuentes de información, sobre todo la información de carácter público o de interés público.
Derecho al secreto periodístico y a la reserva de las fuentes.
Derecho a la cláusula de conciencia en el caso de los sujetos profesionales, es decir, el reconocimiento a la indemnidad intelectual y ética de los comunicadores.

Ivana Freije

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